Decidirse entre una empresa offshore y una sociedad operativa en Panamá se fundamenta, en esencia, en el lugar donde tenga lugar la actividad mercantil y en las metas comerciales. Por un lado, las estructuras offshore se emplean habitualmente para operaciones cuyos réditos se generan en el extranjero; por otro lado, las sociedades operativas se diseñan específicamente para operar de manera directa dentro de las fronteras panameñas.
Antes de constituir una sociedad o empresa offshore en Panamá, resulta prudente examinar la actividad planeada, las naciones de origen de la clientela o los proveedores, junto con los deberes fiscales y normativos correspondientes. Legal Solutions Panamá brinda orientación en el diseño y la fundación de compañías, un terreno en el cual la estrategia anticipada cobra gran importancia para definir qué opción se adapta mejor al perfil de cada iniciativa.
Offshore u operativa: diferencias que conviene conocer
En Panamá no existe legalmente una figura denominada «sociedad offshore». El término suele describir una sociedad, generalmente una sociedad anónima, cuyas operaciones se desarrollan o surten efectos fuera del territorio panameño. Esta distinción es importante porque determina las obligaciones fiscales y operativas de la empresa.
| Etapa | Sociedad offshore | Sociedad operativa |
| Dónde genera sus ingresos | Fuera de Panamá | Total o parcialmente dentro de Panamá |
| Impuesto sobre la renta en Panamá | No grava la renta de fuente extranjera (art. 694 del Código Fiscal) | Tributa sobre la renta de fuente panameña |
| Aviso de operaciones | No aplica | Necesario para operar en el país |
| Tasa única anual | USD 300 | USD 300 |
| Contabilidad | Registros contables y copia anual al agente residente (Ley 52 de 2016, reformada por la Ley 254 de 2021) | Contabilidad y declaraciones ante la Dirección General de Ingresos (DGI) |
Una empresa que factura principalmente a clientes extranjeros y desarrolla su actividad fuera de Panamá puede analizar una estructura offshore. En cambio, si presta servicios en el país, contrata personal local o genera ingresos por actividades realizadas en territorio panameño, corresponde estudiar una sociedad operativa.
¿Qué clase de actividad comercial podría necesitar una compañía offshore?
Entre los escenarios susceptibles de estudio para la configuración de una estructura offshore en Panamá figuran:
- Compañías enfocadas en el comercio internacional.
- Sociedades de cartera o de inversión.
- Proyectos digitales con usuarios en varios países.
- Firmas consultoras que ofrecen servicios globales.
- Inversores interesados en gestionar patrimonio o impulsar iniciativas transfronterizas.
La utilidad de esta decisión está sujeta al sector económico y a las normativas vigentes en cada territorio. Asimismo, resulta indispensable analizar el país donde los beneficiarios pagan impuestos, dado que fundar una empresa en Panamá no exime de cumplir con las responsabilidades fiscales que correspondan en otras naciones.
Panamá frente a las normativas internacionales
Panamá cuenta con una legislación corporativa de larga trayectoria. La ley que regula las sociedades anónimas, la Ley 32 de 1927, lleva casi un siglo en vigor. Y el dólar estadounidense es moneda de curso legal, lo que elimina el riesgo cambiario para quien factura en esa divisa. La base fiscal es el principio de territorialidad, recogido en el Código Fiscal:
«Es objeto de este impuesto la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente, dentro del territorio de la República de Panamá sea cual fuere el lugar donde se perciba».
Código Fiscal de Panamá, artículo 694 (vigencia restituida por la Ley 1 de 2014).
La legislación igualmente ha sumado exigencias inéditas de cumplimiento. La Ley 526 del 28 de mayo de 2026 (Gaceta Oficial 30534-B) fija mandatos de sustancia económica para ciertas compañías de conglomerados multinacionales que perciben ingresos pasivos procedentes del extranjero, vigentes a partir del ejercicio fiscal 2027.
| Lista | Situación a septiembre de 2026 | Qué implica en la práctica |
| Lista gris del GAFI | Panamá salió el 27 de octubre de 2023 | Ya no está sometido al seguimiento intensificado en materia de blanqueo de capitales |
| Lista de la UE de países de alto riesgo en blanqueo de capitales | Panamá salió en marzo de 2024 | Dejó de figurar como jurisdicción con deficiencias estratégicas en prevención de blanqueo |
| Lista de la UE de jurisdicciones no cooperadoras a efectos fiscales | Panamá sigue incluido tras la revisión del 17 de febrero de 2026. La próxima revisión es en octubre de 2026 | Algunas contrapartes europeas aplican controles adicionales. En España, por ejemplo, los sujetos obligados en prevención de blanqueo deben tratar estas jurisdicciones como de alto riesgo |
¿Cómo se constituye la estructura elegida?
Aunque cada proyecto requiere un análisis individual, la constitución de una sociedad panameña suele seguir varias etapas:
| Etapa | Qué se hace | Quién interviene |
| 1. Análisis del caso | Se define la actividad, los países donde operará la sociedad y la residencia fiscal de sus beneficiarios | Cliente y abogado |
| 2. Debida diligencia | Se entregan los documentos de identidad, domicilio y origen de fondos. El agente residente está obligado a conocer a su cliente (Ley 23 de 2015) | Cliente y agente residente |
| 3. Nombre y pacto social | Se verifica que el nombre esté disponible en el Registro Público y se redacta el pacto social: nombre, objeto, capital, directores y dignatarios, agente residente y duración | Abogado |
| 4. Escritura e inscripción | El pacto social se protocoliza ante notario y se inscribe en la Sección Mercantil del Registro Público. Desde ese momento la sociedad tiene personalidad jurídica | Notario y Registro Público |
| 5. Puesta en marcha | Emisión de acciones y libro de acciones, registro del beneficiario final por el agente residente (Ley 129 de 2020), apostilla si los documentos se usarán fuera de Panamá y apertura de cuenta bancaria | Abogado, agente residente y banco |
La constitución puede completarse aproximadamente en cinco días hábiles, aunque la apertura de una cuenta bancaria constituye un proceso separado y su duración depende de cada entidad financiera.
¿Qué marco societario conviene implementar?
La selección tampoco se reduce a optar entre offshore y operativa. En función de las metas perseguidas, resulta viable valorar diversas figuras jurídicas:
| Estructura | Base legal | Uso habitual |
| Sociedad anónima (S.A.) | Ley 32 de 1927 | Holding, comercio internacional, tenencia de activos |
| Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.) | Ley 4 de 2009 | Negocios con pocos socios que prefieren una gestión más directa |
| Fundación de interés privado | Ley 25 de 1995 | Planificación patrimonial y sucesoria |
Obligaciones que continúan después de constituir la sociedad
La creación de una empresa offshore no significa que desaparezcan las obligaciones legales. Entre las principales se encuentran:
| Obligación | Qué exige |
| Tasa única | USD 300 anuales (USD 400 en el caso de las fundaciones), pagaderos durante el semestre en que se haya efectuado la constitución |
| Agente residente | Contar permanentemente con un abogado o bufete de abogados panameño que actúe como agente residente |
| Registros contables | Conservar la contabilidad junto con sus soportes durante un quinquenio, enviando una copia al agente residente antes del 30 de abril |
| Beneficiario final | Corresponde al agente residente inscribir a los titulares del control societario en el Registro Único de Beneficiarios Finales, siendo estos datos de carácter confidencial |
| Sustancia económica (solo grupos multinacionales) | Demostrar presencia real en Panamá cuando la entidad perciba ingresos pasivos procedentes del extranjero |
Una elección que tiene que basarse en el funcionamiento real de la empresa
Determinar si conviene optar por una estructura offshore o decantarse por una sociedad operativa en Panamá exige analizar minuciosamente el origen de los ingresos, el perfil de la clientela, la residencia fiscal de los beneficiarios y las exigencias normativas vigentes en cada territorio. Mientras que un esquema offshore suele encajar a la perfección en modelos de negocio globales, las operaciones ejecutadas de forma directa en Panamá exigen tramitar una sociedad operativa junto con las licencias y deberes fiscales que le corresponden.
La trayectoria de Legal Solutions Panamá en materia de negocios internacionales, formaciones societarias y configuraciones corporativas se integra en una propuesta diseñada para examinar tales factores con anterioridad a la creación de una compañía. Dicho estudio cobra especial importancia al confluir múltiples fuentes de ganancias, bienes o territorios, dado que la observancia de las normativas y la estrategia legal resultan pilares esenciales para preservar una organización empresarial debidamente estructurada.
